ISSN-e: 2745-1380

Responsabilidad médica en anestesiología: análisis jurídico-clínico de un caso complejo

La práctica médica, especialmente en áreas de alta sensibilidad como la anestesiología, implica una constante interacción entre el juicio clínico, la técnica especializada y el marco legal que regula la atención en salud. Un reciente caso judicial, relacionado con una cirugía ambulatoria de hombro, ofrece valiosas lecciones sobre la responsabilidad civil médica, el consentimiento informado y la importancia de una historia clínica completa.

Contexto clínico y evolución del caso

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Un paciente joven ingresó a una institución de salud para la realización de una acromioplastia por artroscopia. En la evaluación preanestésica se clasificó en bajo riesgo (ASA II), sin antecedentes relevantes reportados. Al inicio se acordó utilizar una técnica anestésica combinada (bloqueo de plexo braquial más anestesia general), pero finalmente se aplicó únicamente anestesia general, decisión tomada por el anestesiólogo en función de las condiciones técnicas disponibles y la seguridad del paciente.

El procedimiento quirúrgico se desarrolló sin complicaciones intraoperatorias. Sin embargo, el paciente no despertó tras la cirugía y fue trasladado a la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI), donde se le realizaron múltiples estudios. La resonancia magnética (RM) reveló un accidente cerebrovascular isquémico en el tallo cerebral. Días después, el paciente falleció.

La familia demandó solicitando indemnización de perjuicios por un indebido acto anestésico y el sometimiento a riesgos injustificados en un paciente muy joven, entre otras.

En el juicio se logró demostrar que durante la estancia en UCI se identificaron factores de riesgo que no habían sido informados en las consultas prequirúrgica y preanestésica; el paciente arrojó un resultado positivo para drepanocitosis (rasgo falciforme) y un familiar, ante la falta de evolución, indicó que el paciente era consumidor de cocaína.

Ambos factores son reconocidos en la literatura médica como predisponentes para eventos vasculares cerebrales, especialmente en pacientes jóvenes. La combinación de drepanocitosis y consumo de sustancias psicoactivas puede generar vasoespasmos, trombosis y eventos isquémicos severos.

El proceso judicial se centró en determinar si existió responsabilidad civil médica de los profesionales y las instituciones involucradas. El juez de primera instancia concluyó que no se demostró culpa médica ni falla en el procedimiento anestésico. Esta decisión fue confirmada en segunda instancia por el Tribunal Superior, debido a que:

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  • No se evidenció negligencia, impericia ni imprudencia en el actuar del anestesiólogo. La técnica utilizada fue adecuada y conforme a la lex artis.
  • El consentimiento informado fue muy importante, ya que el paciente autorizó expresamente la posibilidad de modificar la técnica anestésica si fuera necesario durante el procedimiento.
  • El evento isquémico fue considerado una complicación excepcional, no atribuible directamente al acto médico.
  • La historia clínica no incluía antecedentes de consumo de sustancias ni de drepanocitosis, lo que limitó la capacidad de anticipación del equipo médico por falta de información del paciente.

Este caso pone de relieve varios aspectos fundamentales para el ejercicio profesional:

1.Valoración preanestésica rigurosa

La clasificación de riesgo anestésico debe ir acompañada de una exploración detallada de antecedentes personales, familiares y hábitos. La omisión de información por el paciente puede comprometer la capacidad de prevención del equipo médico.

2. Importancia del consentimiento informado

El consentimiento debe ser claro, detallado y contemplar escenarios de modificación técnica. En este caso, el consentimiento incluyó la posibilidad de ajustes durante el procedimiento, lo que fue clave para la defensa jurídica del anestesiólogo.

3. Registro clínico completo y preciso

La historia clínica fue determinante en el proceso judicial. Los registros anestésicos, notas quirúrgicas y evolución en UCI permitieron demostrar que el procedimiento se realizó conforme a los estándares médicos.

4. Comprensión del riesgo médico

No todo desenlace adverso implica responsabilidad. La medicina implica riesgos inherentes, y la responsabilidad jurídica exige la demostración de culpa, daño y nexo causal. La jurisprudencia colombiana ha reiterado que la obligación del médico es de medio, no de resultado.

Este caso reafirma que la buena práctica médica, respaldada por evidencia, protocolos y documentación adecuada, es la mejor defensa ante eventuales reclamaciones. Para los anestesiólogos y demás profesionales de la salud representa una oportunidad para reflexionar sobre la importancia de la comunicación con el paciente, la rigurosidad en la valoración preoperatoria y la necesidad de mantener registros clínicos impecables.

La medicina no es infalible, pero sí debe ser diligente, ética y técnicamente sólida.

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