En la Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación S.C.A.R.E. estamos comprometidos con el bienestar integral de nuestros afiliados y sus familias en todo momento, por eso, y en virtud de la importancia que tiene para nuestra organización entregar todos los beneficios derivados de la relación afiliativa y en aras de brindar un acompañamiento integral a quienes confían en nosotros, en esta oportunidad nos gustaría recordarles que los beneficios de asesoría jurídica, apoderamiento y gestión del beneficio económico contemplados en el Reglamento del FEPASDE para casos relacionados con su ejercicio profesional u ocupacional, se extienden a sus sucesores (cónyuge, hijos, padres, etc.) en el caso lamentable del fallecimiento de un afiliado. Este beneficio aplica para la representación en procesos que se encuentren vigentes al momento de la muerte y para posibles reclamaciones que puedan surgir con posterioridad en contra del difunto.
Lo anterior refiere a que los sucesores del afiliado fallecido podrán acceder a estos beneficios, si la persona ya había terminado su plan de aportes, o si se encontraba al día en el mismo al momento de su muerte. En este último caso, la S.C.A.R.E. reconocerá como auxilio los aportes pendientes para la finalización de su plan de afiliación, por lo que sus sucesores no tendrían que realizar aportes adicionales.
Teniendo en cuenta lo mencionado, si un sucesor es notificado o informado de un proceso jurídico por hechos atribuibles al afiliado fallecido, deberá comunicarse inmediatamente a los números telefónicos 018000 180343 o al (1) 744 8100 o contactarnos a través del correo electrónico servicioalcliente@scare.org.co, por medio del cual le brindaremos una orientación jurídica integral sobre el caso concreto y los beneficios a los que tiene derecho.
*Beneficio sujeto al cumplimiento de lo establecido en el Reglamento FEPASDE.
Buen apoyo, en momentos de gran dificultad para los miembros de una familia